Sobre la Música Sagrada

Publicado por: Servus Cordis Iesu

Por lo que toca a los tiempos modernos, el Sumo Pontífice Pío X, de feliz memoria, al promulgar hace veinticinco años el Motu proprio sobre la música sagrada y el canto gregoriano, habíase prefijado como fin principal hacer que volviese a florecer y se conserva se en los fieles el verdadero espíritu cristiano, tendiendo con oportunas órdenes y sabias disposiciones a suprimir cuanto pudiera oponerse a la dignidad del templo, donde los fieles se reúnen cabalmente para beber ese fervor de piedad en su primera e indispensable fuente, que es la participación activa en los sacrosantos misterios y en la oración solemne de la Iglesia. Importa, pues, muchísimo, que cuanto sea ornamento de la sagrada liturgia esté contenido en las fórmulas y en los límites impuestos y deseados por la Iglesia, para que las artes, como es deber esencial suyo, sirvan verdaderamente como nobilísimas siervas al culto divino; lo cual no redundará en menoscabo de ella antes bien dará mayor dignidad y esplendor al desarrollo de las artes mismas en el lugar sagrado. 

Nos duele, sin embargo advertir que las sabias disposiciones de Nuestro antecesor no han logrado en todas partes la aplicación debida, y por eso no se han obtenido las mejoras que se esperaban. Sabemos, en efecto, que algunos han pretendido no estar obligados a la observancia de aquellas disposiciones y leyes, no obstante la solemnidad con que fueron promulgadas; que otros, después de los primeros años de feliz enmienda han vuelto insensiblemente a permitir cierto género de música, que debe ser totalmente desterrado del templo, y, finalmente, que en algunos sitios, con ocasión principalmente de conmemoraciones centenarias de ilustres músicos, se han buscado pretextos para interpretar composiciones que, aun siendo hermosas en sí mismas, no responden ni a la majestad del lugar sagrado, ni a la santidad de las normas litúrgicas, y, por tanto, no se deben interpretar en la iglesia. (S.S. Pío XI, Carta Apostólica Divini cultus sanctitatem)

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